Los honorarios notariales son sólo una
pequeña parte de lo que se paga en la notaría. La mayor parte de
la factura es una provisión para hacer frente a impuestos,
honorarios de registradores y otros gastos que se generan, que
el notario abona en nombre del cliente.
La factura notarial cubre íntegramente el servicio de fe
pública extrajudicial: oficinas, sueldo del equipo profesional,
seguro de responsabilidad civil, informatización, encuadernación
y conservación de las escrituras, mantenimiento de los colegios…
sólo una parte corresponde a los honorarios del notario. El
notario está obligado a darte una factura detallada de sus
servicios y costes correspondientes. Si tienes alguna duda con
tu factura, el colegio notarial la revisará de forma gratuita.
Los notarios aplican un arancel fijo que establece el
Gobierno. El arancel es el medio por el que se retribuye la
función notarial y el sistema con el que se financia la
seguridad jurídica preventiva.
Todos los notarios de España cobran lo mismo por idéntico
servicio. Los aranceles vigentes de los notarios fueron
establecidos por Real Decreto 1426/89 de 17 de noviembre,
publicado el 28 de noviembre en el BOE.
Algunos valores del trabajo notarial que ayudan al usuario a
ahorrar dinero:
• Desempeña un papel de mediador y
obtiene información relevante para los contratantes
asesorándoles y comprobando su veracidad, lo que reduce a
los particulares los gastos correspondientes.
• Actúa en muchas ocasiones como un árbitro, al ayudar a
conciliar los intereses de los particulares que acuden a él
y evitando otro tipo de enfrentamientos legales.
• Redacta la escritura correspondiente, adaptándola y
modificándola para cada caso concreto.
• Atribuye fe pública al contrato y asegura su cumplimiento
dejándolo listo para su ejecución y asegurando la
tranquilidad del usuario.
• Junto a la Corporación Notarial conserva y custodia los
documentos durante al menos 100 años sin ningún coste
adicional.